“VEOLIA” Y TRES ÚLTIMOS ALCALDES EN PRESUNTO “DETRIMENTO PATRIMONIAL”
- mileniolarevista
- 23 feb 2023
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(2ª Entrega El Agua Privatizada de Montería)
Siguiendo con la situación medioambiental del Municipio de Montería, partiendo del problema “Agua Privatizada” siendo tomada de la fuente hídrica principal del Río Sinú; otros datos publicados en el blog “Pulso del Tiempo”, hemos conocido nuevos descalabros administrativos de la empresa multinacional “Veolia S,A” de capital francés y socia del Banco de Noruega o Norges Bank (en noruego) fundado el 14 de julio de 1816, Mientras la “Veolia” nace en 1853, a los 37 años más tarde. Monopolio extendido al universo, manejando y distribuyendo el diseño de agua y energía, en los momentos actuales por inversiones superiores a los 30 mil millones de Euros, sosteniendo alrededor de 226 mil empleados a nivel mundial. Operador matriculado en la Cámara de Comercio local, como “Veolia- Aguas de Montería”.
Con base en sendos oficios firmados por el entonces Procurador Departamental de Córdoba, Nicolás Barguil Flórez, entre el primero de octubre de 2020 y el 10 de febrero de 2021; al señor alcalde actual de Montería, Carlos Ordosgoitia Sanin, respecto a esa primera respuesta de control de advertencia estando trasladada a la Procuraduría Segunda para la Contratación Estatal; oficio aclaratorio, en que señala que tal dependencia desde esa misma fecha, tres años antes, adelanta el proceso disciplinario sobre el asunto tipificado a las prevenciones de irregularidades en la ejecución de los contactos estatales para la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado el procurador se permite solicitar al despacho del alcalde se sirva revisar dicha actuación administrativa y por ende tomar .deudas INMEDIATAS Y DE FONDO en aras de evitar incurrir en faltas disciplinarias de acuerdo a la ley 734 de 2002, para proteger los derechos de la entidad que usted representa y en especial el patrimonio público.
Corrido ese tiempo, prácticamente de tres años, la Multinacional francesa “Veolia-Aguas de Montería”, con bases en investigaciones tipo disciplinaria, en contra del operador local, es de entenderse por “delitos que afectan el patrimonio del Estado, tras producir de forma directa lesiones de patrimonio público, representadas en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos, producidas por una conducta dolosa, cometida por un servidor público”. En este caso, “Veolia –Aguas de Montería”.
Hoy por ejemplo, para el segundo informe MILENIO del tema “Agua Privatizada de Montería”, nos encontramos con otra serie de argumentos probatorios de las adversidades administrativas de “Veolia –Aguas de Montería. Donde dos años atrás, tanto alcalde y la misma empresa, continúan sin dar respuestas al fundamento de solicitud del Procurador expresado en el sentido de evidencia una presunta " Inejecución de recursos, indebida aprobación de recursos de los mismos, falta y adecuada planeación sobre la vialidad técnica de la modificación en cuanto al plazo de la concesión y su valor pues no se evidencia el adecuado servicio público de acuerdo y alcantarillado, constituyendo notablemente un deterioro patrimonial y una pregunta conducta penal de celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales".
En esa oportunidad, mantenida aún silenciada, el mismo titular de la Procuraduría anota: Al no haberse agotado los procedimientos establecidos en la ley y en especial al haberse reconocido en la modificación del contrato las dificultades en la ejecución. Por lo anterior solicitamos revisar la ejecución del mencionado contrato de concesión No.002-MM- LP- 1999 y Otro Si No. 09 de 2014 y/o revisar jurídicamente la posibilidad de iniciar procedo administrativo sancionatorio contra dicho operador y tomar otras medidas que tiendan a garantizar los principios que rigen la función administrativa en especial la transparencia, legalidad e imparcialidad y en especial para exigir el cumplimiento del objeto del contrato pero preservando el patrimonio público pues de seguir ejecutando el contrato en mención sin tomar acciones legales de configura a futuro un presunto detrimento patrimonial al Municipio de Montería".
INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
De acuerdo la segunda publicación hecha por “El Pulso del Tiempo” en redes sociales, febrero 20 de 2023, revela con hechos puntuales el incumplimiento del contrato adicional Otro Sí No. 09 de 2014. Cumplidos en la actualidad nueve años. Tiempo el cual, claramente expresa señalamientos de los dos últimos años del periodo de alcalde municipal de Montería del señor Carlos Eduardo Correa Scaff (2012- 2015). Si Correa Scaff, tras pasar por el Ministerio del Ambiente, base fundamental de sostenibilidad para el caso del “agua”, también lo es responsable, Marco Daniel Pineda García, alcalde de Montería del periodo siguiente: (2016- 2019). Comprender y analizar bien el siguiente texto noticioso emitido del despacho del procurador departamental: “La Procuraduría General de la Nación, tiene plenamente identificada estas obras, y que hoy un año después, el Municipio de Montería no ha hecho ni tomado ninguna medida al respecto. A continuación, se relacionan las obras sin ejecutar y que debieron ser entregadas el 31 de diciembre de 2019”.

Por supuesto, los tres últimos alcaldes: Carlos Eduardo Correa Scaff, Marco Daniel Pineda Cabrales y Carlos Ordosgoitia Sanin, aparecen untados de irresponsabilidades en el presunto delito contra el Patrimonio Público, protagonista principal “Veolia-Aguas de Montería”. Sobre todo, la ciudad capital de Córdoba no cese por sufrir las calamidades públicas dadas la escasez de agua tratada (Foto). Por los siguientes incumplimientos:
1- INCUMPLIMIENTO EN LA REPOSICION INTEGRAL DE PAVIMENTOS, Inversión no ejecutada $ 529.340 (Cifras en pesos de diciembre de 1998).
2- INCUMPLIMIENTO EN LA REUBICACION DE LAS LINEAS DE IMPULSION (SAN JOSE, ALCAZARES, LAURELES), Inversión no ejecutada $ 281.923.000 (Cifras en pesos de diciembre de 1998).
3- INCUMPLIMIENTO EN LA CONSTRUCCION DE TANQUE DE REGULACION DE ACUEDUCTO, Inversión no ejecutada: $ 702.677.000 (Cifras en pesos de diciembre de 1998).
4- INCUMPLIMIENTO EN LA CONSTRUCCION DE LA NUEVA ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES “PARAÍSO 400 LPS”, INCLUYE LINEA DE IMPULSION 21″ A PTAR SUR- ORIENTAL Y BOMBAS, Inversión no ejecutada $ 1.212.370.800 (Cifras en pesos del año 1998).
5- TERCERA ETAPA DE LAGUNAS FACULTATIVAS PTAR SUR- ORIENTAL Inversión no ejecutada ($ 635.452.000,00). (Cifras en pesos del año 1998).
6- SEGUNDA ETAPA DE LAGUNAS FACULTATIVAS DE LA PTAR MARGEN –IZQUIERDA ($ 453.894.900,00. Inversión no ejecutada $ 1.089.346.900 (Cifras en pesos del año 1998).
7- Estaciones reguladoras (6). ($ 460.219.709,00) (Cifras en pesos del año 1998). 8- Refuerzo de zona para estaciones reguladoras ($ 1.078.840.000,00) (Cifras en pesos del año 1998).
9- INCUMPLIMIENTO EN LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA PTAR COMPACTA (2 MÓDULOS) $ 10.183.608.759,00 (Cifras en pesos del año 1998).
10- INCUMPLIMIENTO EN LA OPERACIÓN DE LA NUEVA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA ZONA NOR-ORIENTAL DE LA CIUDAD ($ 2.312.550.179 – DESDE AÑO 2017), Inversión Total no ejecutada $ 12.496.159.000) (Cifras en pesos de1998).
Estos incumplimientos en la presunta inejecución de estas obras anteriormente relacionadas obligan al Municipio de Montería a la aplicación de la CLAUSULA 19: MULTAS, muy a pesar de que la Procuraduría General de la Nación emitió un “CONTROL DE ADVERTENCIA” el Municipio de Montería no ha tomado las medidas correctivas.
Adicional a estas actuaciones en la presunta inejecución de obras, existen investigaciones emitidas por la máxima autoridad ambiental que son causales de incumplimientos de las CLAUSULA 6, 7 y CLAUSULA 15: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO.
Relación de investigaciones ambientales de tipo sancionatorio: 1- Auto No 11008 de 21 de julio de 2019. 2- Auto No 11227 de 28 de agosto de 2019.
3- Resolución Sancionatoria 2-6429 de 29 de agosto de 2019.
4- Resolución Sancionatoria 2-8283 de 04 de agosto 2021.
Investigaciones ambientales que obligan al Contratista Municipio de Montería, a la aplicación de las CLAUSULAS antes mencionadas, llama la atención que después de 2 años de incumplimientos el Municipio de Montería, ni la INTERVENTORIA CONSULCOR S.A., con su complicidad no hallan tomada ninguna medida, ya que claramente está cuantificado el enorme detrimento patrimonial causado a la Ciudad. Fuera del daño ambiental que están causando a todo el valle del Sinú por vertimientos presuntamente ilegales, que no cumplen con la normatividad exigida por la Corporación CAR-CVS, y su resolución 0631 de 2015.
La pregunta del día ¿Por qué ha tardado la ejecución de la Justicia Ordinaria en dirimir este conflicto Socioambiental?
Espere tercera entrega (El agua privatizada de Montería: problemática ambiental hacia el 2050)
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