Dadas alteraciones tarifarias en el sistema de energía eléctrica, aplicadas arbitrariamente por los monopolios del sector, la CREC acaba de implementar medidas válidas, invitando a los millones de usuarios acogerse a la reducción del consumo, mediante desconexión voluntaria.
Con corte al 31 de marzo de 2022, el país contaba con 10 millones 942 mil 645 usuarios conectados y registrados oficialmente al servicio de gas combustible por red (Gas natural y GLP) de los cuales 10 millones 739 mil 372 pertenecientes al sector residencial (2’ 547.372 cobijados al estrato 1 y 3 (3’918.101 al estrato 2), correspondiente al 22 de junio del mismo año. Siendo entonces, la totalidad de 10’942,645 usuarios potenciales de energía en Colombia, dos años atrás.
En ese orden, el actual gobierno nacional ha logrado conectar más de 1,4 millones de usuarios al servicio de gas combustible, de acuerdo informe suministrado de forma oficial, conocido por MILENIO.
Mientras que la capacidad instalada de energía eléctrica en el territorio nacional es de 725,38 MWp (presión de trabajo máxima) que equivalen al consumo de 547,402 familias y contribuyen a la reducción de 921.333 toneladas de CO2 al año. Entre tanto, la demanda de energía eléctrica en el pais, para el escenario medio en el año 2023, era de 80,268 GWh año y para el 2027, los tres próximos, de121,648 GWh, con un crecimiento promedio año del 3,1%.
Los colombianos registran un consumo eléctrico de 231.2GW hora al mes, de ello, el 48% es hidraúlica, caso la mayor parte de las familias cordobesas, estimadas sobre 538 mil, de acuerdo datos recientes. Ademas del 46% térmica y un poco más del 5% renovable.
En Colombia, la mayor producción de energía aparece por el lado de la EPM, saberse había anticipado Energía Estratégica, que en la práctica no lo es. Tras ser la primera empresa en ese rol, con el 22,8% de participación en el mercado nacional y el 21% en la participación de capacidades efectivas neta, al 17 de mayo del 2024. A la EPM. Siendo la AFINIA subsidiada de las Empresas Públicas de Medellín- EPM-
Año tras año, el sistema hídrico (ríos) se han convertido en la principal fuente de energía en Colombia, al sostenerse un Estado, gobiernos, gobernantes, congresistas y caciques territoriales permisivos y aliados, hasta generar cuantiosos daños al Medio Ambiente respecto el exceso del Oxido de Carbono (CO2), proviniendo de las hidroeléctricas a gran escala, en razón a la abundancia de agua en la mayoría de zonas o áreas del territorio patrio. Mientras que, en un segundo puesto los combustibles fósiles, como el petróleo, gas y carbón, cuyas reservas tienden agotarse.
De este último renglón de la economía energética tradicional en el país, surge la proyección de plantearse la Descarbonización, a través del sistema progresista Petro.
USUARIOS PODRÁN DESCONECTARSE VOLUNTARIAMENTE
Queriendo ilustrar de manera concisa al lector, respecto el complejo monopolio de las empresas nacionales asociadas a las multinacionales del servicio eléctrico en Colombia, es prudente reafirmar hoy, el por qué AFINIA, ejemplo, agranda enormemente las tarifas, agregadas a 102 horas al mes de interrupciones de consabidos mantenimientos de redes, el entonces presidente Duque, abusando de la pandemia del Covid 19, expide un decreto fantasmal, de subsidios ficticios a las familias nacionales, deuda estimada en CINCO BILLONES DE PESOS, pagadera a partir del 2023. Donde el gobierno nacional empezó a sufragar los gastos económicos, mejorando las condiciones familiares.
Entonces, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) revivió una resolución que permitirá a los usuarios reducir su consumo energético a cambio de compensaciones económicas. Lo pertinente lo damos a conocer textualmente en subrayado:
El objetivo es que se trace una línea base de medición de manera que la Creg pueda ver si el usuario está cumpliendo - crédito Yelantsevv/Shutterstock.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) presentó para comentarios la resolución 701 054, la cual reintroduce el mecanismo de respuesta de la demanda (RD), que fue previamente implementado durante el fenómeno de El Niño y luego discontinuado de forma anticipada. Este programa se establece de manera indefinida, lo que lo diferencia de su antecesor, que tenía una fecha de término.
El objetivo de la resolución es permitir que los usuarios participen del mercado mayorista de energía a través de ofertas de reducción de su consumo a la red a cambio de una compensación económica. La idea es disminuir las necesidades de generación eléctrica y, en consecuencia, influir en la reducción de los precios en la bolsa de energía. Este modelo se integrará de forma continua al sistema, sin un plazo predefinido para su conclusión.
El artículo 1 de la resolución aclara su ámbito de aplicación: “Esta resolución aplica a todos los usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica, a aquellos agentes que desarrollan la actividad de comercialización en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), al Centro Nacional de Despacho (CND) y al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC)”, detalla el documento.
Para participar en este programa, los usuarios deben asociarse a un representante que gestione las ofertas de reducción de consumo hacia el Centro Nacional de Despacho (CND). Las ofertas presentadas diariamente por el representante serán evaluadas por el CND, tomando en cuenta factores como el orden de precios y los beneficios para el sistema eléctrico. Una vez aceptadas, estas ofertas se traducen en compromisos vinculantes de reducción de demanda.
La resolución 701 054 estipula que cada usuario participante debe determinar una línea base de consumo. Esta línea base es una estimación de la cantidad de energía que el usuario consumiría normalmente sin incentivos para reducir la demanda. “Esta base sirve como referencia para medir las reducciones de consumo logradas mediante el mecanismo”, explicó un portavoz de la Creg.
Una característica crucial es la verificación diaria de las reducciones efectivas logradas. El costo de activar este mecanismo será distribuido entre los agentes de acuerdo a sus compras en la bolsa de energía y será determinado según las ofertas aceptadas y sus precios. En caso de incumplimiento, mecanismos de sanción y procedimientos pedagógicos están incorporados para asegurar que los usuarios cumplan con sus compromisos de reducción. La resolución detalla que “si un usuario no logra la reducción de demanda se calcula la diferencia entre la cantidad ofertada y la verificada, y sobre este valor se cobrará cada kilovatio hora con un sobreprecio de 30%”. Esto garantiza no solo el cumplimiento efectivo sino también un enfoque educativo en el proceso.
El modelo anterior se implementó en medio del fenómeno de El Niño - crédito Creg
El mecanismo reintroducido por la Creg también establece sanciones para aquellos usuarios que no cumplan con las ofertas de reducción. Las penalidades incluyen una tarifa adicional del 30% por cada kilovatio hora no reducido, calculada sobre la diferencia entre la cantidad ofertada y la verificada. De esta manera, se busca reforzar la conciencia sobre la importancia de disminuir el consumo energético y asegurar la integridad del sistema eléctrico. “En caso de desviaciones, se establece una sanción pedagógica, que calcula cuánto costaría el incumplimiento visto”, detalla la resolución.
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